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Volar drones sin licencia en México podría ser multado hasta con 400 mil pesos

Nueva regulación hará obligatoria la licencia para volar drones

Los usuarios que hagan uso de esta tecnología sin una licencia podrían hacerse acreedores a una cuantiosa multa

En los próximos meses México contará con una normatividad que hará obligatoria la licencia para operar drones, misma que podría causar problemas a los operadores de estos aparatos.

Se espera que la norma sea publicada en el Diario Oficial de la Federación en el mes de diciembre y ésta incluirá sanciones económicas para aquellos que incurran en faltas.

De acuerdo con una publicación de SDP noticias, si bien ya existe una norma en el país que regula el uso de drones por parte de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGAC), de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes, en ella las infracciones todavía son de carácter civil.

Por tanto, la nueva norma contemplaría que los usuarios de drones que utilicen este tipo de tecnología sin haber obtenido una licencia se hagan acreedores a multas de hasta 403 mil peso.

La DGAC considera que los usuarios de drones tienen una responsabilidad equiparable a la de los pilotos de cualquier otra aeronave, pues dependiendo de su peso pueden poner en peligro la seguridad de las personas que se encuentran a su alrededor ya que usan un espacio en común.

Para obtener la licencia es necesario cumplir con los siguientes requisitos:

– Ser mexicano de nacimiento.
– Tener más de 18 años.
– Contar con cartilla de servicio militar liberada.
– Haber terminado la preparatoria
– Aprobar un examen médico aeronáutico
– Tomar un curso de vuelo en una escuela certificada

“Saber tripular un drone es importante porque vamos a ocupar un mismo espacio aéreo donde están aeronaves tripuladas, entonces si no sabemos por ejemplo que estamos en un área de aproximación de vuelos, podemos meter en problemas a un avión, lo que queremos saber es dónde está permitido volar, dónde no está permitido volar”, aseguró Luis Salazar, director de proyectos de Amacuzac.

La DGAC ya tiene contemplada la necesidad de un permiso para regular las naves comercializadas en centros comerciales e Internet cuyo peso es inferior a los dos kilogramos, pues aún no es claro si esos dones también requerirán de una licencia para su utilización.