Derechos sexuales, mariguana medicinal y muerte digna ya tienen luz verde en CDMX
Pese a impugnaciones de la PGR, la corte avaló el derecho al buen morir
El día de hoy, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) avaló varias modificaciones a la ley en materia de derechos sexuales, uso de mariguana y derecho a una muerte digna.
De acuerdo con una publicación de Milenio, se avaló el uso médico y terapéutico de la mariguana tal y como lo establece la Constitución de la Ciudad de México.
Javier Laynez Potisek, ministro instructor, aseguró el proyecto aprobado reconoce el derecho al libre desarrollo de la personalidad en cuanto a la elección libre de las personas para hacer uso médico y terapéutico de la cannabis, sin embargo no legislan en materia de salud.
La Constitución de la CDMX establece que a toda persona se le permitirá el uso médico y terapéutico de la cannabis sativa, índica, americana o mariguana y sus derivados, de conformidad con la Constitución Federal y la legislación aplicable.
En lo referente a los derechos sexuales y reproductivos establecidos en la Constitución local, el Pleno aprobó el capítulo referente a que toda persona tiene derecho a la sexualidad, a decidir sobre la misma y con quién compartirla.
A ejercerla de forma libre, responsable e informada, sin discriminación, con respeto a la preferencia sexual, la orientación sexual, la identidad de género, la expresión de género y las características sexuales, sin coerción o violencia.
En el caso de la muerte digna, se avaló esta como un derecho, pues a diferencia de lo argumentado por Procuraduría General de la República (PGR) no se trata de eutanasia ni de suicidio asistido.
Según el ministro Laynez Potisek, el artículo impugnado por la PGR se refiere al buen morir y no a una muerte rápida, por lo que nueve ministros votaron a favor del proyecto y lograron su aprobación.
En torno a los Derechos de Migrantes, la Corte también aprobó el artículo 11 Apartado L, el cual prevé que las personas migrantes y las personas sujetas a protección internacional y en otro contexto de movilidad humana, así como sus familiares, tendrán la protección de la ley y no serán criminalizados en su condición de migrantes.
De igual manera, declaró constitucional el derecho al agua que menciona la Carta Magna Local, donde se indica que toda persona tiene derecho al acceso, a la disposición y saneamiento de agua potable suficiente, salubre y segura.
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