Estas multas son consideradas las más altas que impone el TEEM
El PRI no ha recibido hasta el momento ninguna sanción pese a las numerosas acusaciones en su contra por compra de votos
Movimiento Regeneración Nacional (Morena) fue multado con 880 mil pesos y su candidata a la Gubernatura, Delfina Gómez, con 440 mil pesos por actos anticipados de campaña.
Fue el Tribunal Electoral del Estado de México (TEEM) quien estableció las sanciones, luego de que el Partido revolucionario Institucional (PRI) interpusiera una denuncia por dichas acciones.
En su denuncia el PRI refirió que desde el 10 julio de 2016, cuando la candidata asumió el cargo de promotora de la soberanía nacional al interior de Morena estuvo de gira por 35 municipios mexiquenses, durante la cual difundió su imagen en diversos espectaculares, con lo que inició el posicionamiento de su imagen ante el electorado.
El TEEM impuso una multa de cinco mil veces el valor diario de la Unidad de Medida y Actualización vigente contra Gómez y de 10 mil contra Morena. Cada Unidad de Medida y Actualización tiene un valor aproximado de 75.49 pesos.
Estas multas son consideradas las más altas que impone el TEEM.
Las multas fueron establecidas luego de hallar fundamentos para la acusación, pues de acuerdo con el tribunal, las acciones emprendidas por Delfina Gómez sí derivaron en un posicionamiento de su imagen “frente al electorado del Estado de México y como consecuencia, la vulneración del principio de equidad en la contienda, en perjuicio de los demás contendientes”.
Ante este hecho, resalta que el PRI no haya recibido hasta el momento ninguna sanción pese a las numerosas acusaciones que existen por irregularidades durante su campaña, compra y acondicionamiento de voto y fraude electoral, señaladas por partidos de oposición.
Por ejemplo, la queja que interpuso el Partido Acción Nacional (PAN) a través de Francisco Gárate contra del Gobernador Eruviel Ávila, por haber difundido a través de redes sociales, durante la veda electoral, la inauguración de una clínica geriátrica, la cual no procedió.
Fuente: Reforma
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