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SAT recibe multa por no difundir a los beneficiarios en condonaciones

El SAT debió difundir la información desde febrero

La semana pasada 20 empresas obtuvieron sus propios amparos para que no se publiquen sus datos

El pasado miércoles, un juez federal multó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) por no publicar los nombres y montos de quienes se han beneficiado con las decenas de miles de condonaciones de impuestos que entregó desde el año 2007 hasta el 2015. La multa es por cien días de salarios mínimos, es decir 8 mil pesos.

De igual forma, el juez hizo un llamado al titular del SAT, Osvaldo Santín, para verificar que se cumpla lo más pronto posible la sentencia de amparo  en la que se ordena hacer públicos los datos.

Dicho amparo, se debió haber cumplido desde el pasado 22 de febrero, pero la Administración Central de Cobro Coactivo del SAT sólo ha reportado en repetidas ocasiones ante el juzgado que se encuentra en proceso de “acatarlo paulatinamente”, para después asegurar que era “imposible” cumplirlo.

Lo anterior porque aproximadamente 60 grandes compañías promovieron sus propios amparos, desde la semana pasada, para detener la difusión de la información acerca de las condonaciones que se les dieron y cerca de veinte firmas obtuvieron suspensiones provisionales de varios jueces.

“Las suspensiones sólo benefician a quienes las obtuvieron, no a la totalidad de los contribuyentes condonados”, refirió el juez al respecto.

Las empresas argumentaron en sus amparos que no les permitieron participar como terceros interesados durante el proceso del Instituto Nacional de Acceso a la Información (INAI), cuando ordenó publicar los datos en una resolución que se dio desde octubre de 2015.

El centro de análisis e investigación Fundar patrocinó en 2016 el recurso legal para obligar al SAT a cumplir la resolución del INE, este fue concedido primero por el juez Silva y después fue ratificado en febrero pasado por el Décimo Sexto Tribunal Colegiado en Materia Administrativa.

El incumplimiento de una orden de amparo es causa suficiente para destituir y consignar penalmente a los funcionarios responsables; aunque este escenario sólo es posible con la resolución de Suprema Corte de Justicia de la Nación, luego de trámites que normalmente tardan varios años.

El SAT afirmó que si publica la información a enero de 2014 violaría el secreto fiscal y aplicaría retroactivamente una reforma que desde esa fecha ordena difundir los nombres de contribuyentes morosos, pero no la cantidad de sus deudas o de los créditos condonados.

Cabe destacar que sólo en 2007, el SAT condonó casi 700 mil créditos fiscales, por un monto de 73 mil 900 millones de pesos.

Fuente: Reforma