Incurrir en el delito sería sancionado con entre dos y cinco años de prisión
La legisladora dijo que a veces las redes sociales se utilizan para realizar acciones que vulneran el libre desarrollo de la personalidad en la dimensión sexual
En Chiapas, la diputada Aida Sesma presentó una iniciativa ante el pleno del Congreso del Estado con la que se busca sancionar a quien difunda por cualquier medio electrónico imágenes, audios o videos de la vida sexual de una persona, sin su consentimiento.
Con dicha iniciativa pretende que todas aquellas personas que reciben o mandan “packs” de terceras personas vía mensajería instantánea, redes sociales o correos electrónicos sean sancionados con entre dos y cinco años de prisión.
La diputada local chiapaneca argumentó que muchas veces las redes sociales y el uso de internet son utilizados para realizar acciones que vulneran el libre desarrollo de la personalidad en la dimensión sexual, particularmente en las mujeres.
Ejemplificó que una de las acciones más comunes es el “sexting”, el cual consiste en enviar fotografías o videos con contenido sexual mediante teléfonos celulares, computadoras o cualquier otro medio electrónico.
Señaló que actualmente uno de las prácticas con más riesgo es la difusión del contenido que se envían sin consentimiento, de la que existen diversos casos de mujeres y hombres que son exhibidos en las redes sociales o páginas de internet, informó SinEmbargo.
Lo anterior, enfatizó trasgrede su dignidad y causa un daño moral. Por ejemplo, cuando una persona termina una relación sentimental, afectiva o de confianza con la víctima, de quien posee imágenes sexuales privadas, las podría divulga de forma dolosa por Internet y redes sociales por venganza.
Consideró que la privacidad sexual es un derecho personalísimo, y explicó que su propuesta de “de ninguna manera castiga el intercambio de imágenes con contenido sexual, puesto que es una forma de vivir la sexualidad”.
“Lo que sí castiga es la transgresión de la confianza depositada de una persona a otra y que una de ellas; difunda o haga pública sin consentimiento; las imágenes, videos o audios con contenido sexual que le fueron enviados”, detalló.
Respecto a la sanción, esta será de tres a cinco años de prisión, además de una multa de trescientas unidades de medida y actualización, si el sujeto activo tiene o ha tenido una relación sentimental, afectiva o de confianza con la víctima.
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