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Uber Pool podría desaparecer en la Ciudad de México

Conductores deberán presentar un examen toxicológico

También será obligatorio que antes de llevar a cabo una marcha, se deberá pedir permiso con dos días de anticipación, según el nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México

Debido a la implementación del nuevo Reglamento de la Ley de Movilidad de la Ciudad de México, mismo que fue publicado el pasado viernes, el gobierno capitalino comenzará a restringir los servicios de choferes privados y pretende prohibir el de Uber Pool.

Además se les pedirán exámenes toxicológicos a quienes manejen transporte público, según una nota de El Financiero.

En el mismo reglamento también señalaron que no les permitirán “bolsas o paquetes” grandes que estorben a otros pasajeros en el transporte público masivo, así, los camiones escolares deberán traer a personal que cuide la integridad de los menores y todos quienes aspiren a una licencia deberán pasar un examen de manejo en los centros aprobados por la Secretaría de Movilidad (Semovi) del gobierno capitalino.

Respecto a las restricciones que ahora tendrán los automovilistas que ofrezcan el servicio de chofer privado, como Uber y Cabify, los autos tendrán que ser menores a los 10 años de antigüedad y deberán estar registrados para este propósito ante la Semovi y tener calcomanía cero o doble cero.

En el Artículo 59 de este nuevo reglamento, quedará “prohibido el servicio de transporte de pasajeros privado especializado con chofer, que se genere a través de dos o más solicitudes con una misma unidad vehicular que realice el mismo viaje a diversas personas, en un mismo recorrido, trayecto o ruta”.

Tras estas modificaciones, los servicios de Uber Pool ya no estarán disponibles. Además, como esta reglamento ya está en vigor, todas las personas que quieran realizar una marcha deberán contar con un permiso, solicitado cuando menos dos días antes de llevar a cabo la movilización.

Así, “para la realización de desfiles, caravanas, manifestaciones, peregrinaciones o cualquier otro tipo de concentración humana de carácter político, religioso, deportivo, recreativo o social, cuya finalidad sea perfectamente licita y que pueda perturbar el tránsito en las vías, la paz y tranquilidad de la población de la ciudad, es necesario que se dé aviso por escrito a la Secretaría de Seguridad Pública, con por lo menos 48 horas de anticipación a la realización de la misma”.