ACAPULCO,
Gro., 28 Marzo 2016.- Acapulco, lo mismo que algunos países de Asia, El Caribe
o centro y Suramérica, se han convertido en un paraíso del turismo sexual
infantil. No es que los ciudadanos sean depravados o así hayan sido educados.
Las
leyes, las que han confeccionado sus diputados locales, permiten, no sancionan
o consienten la pedofilia. En Guerrero el Código Penal ni siquiera la considera
delito y su equivalente, el abuso sexual a menores, contempla penas mínimas
que, en su media aritmética, permite al delincuente ser liberado mediante el
pago de una fianza.
¿Y
la víctima? ¿Cuándo es menor de edad y está a merced de sus abusadores?
¿Alguien ha pensado en ellos?. tal pareciera que no es asi.
En
la ciudad de México, a raíz del escándalo por pedofilia del líder de los
Legionarios de Cristo, el Padre Marcel Masiel, la pedofilia fue considerada un
delito grave que no alcanza fianza. En el año 2013 fue reformado el Código
Penal Federal en ese sentido. Se pidió a las respectivas legislaturas de los
estados homologar las sanciones a ese delito con las penas federales pero… en
Guerrero los diputados no hicieron su tarea.
El
canadiense Walter Zuk, de 68 años de edad, videograbado y retratado al momento
de besar y hacer tocamientops obscenos a una pequeña niña acapulqueña de menos
de tres años de edad, saldrá libre de prisión porque en el estado de Guerrero
la pedofilia no está contemplada en el Código Penal y su equivalente, el abuso
sexual a menores, alcanza la libertad bajo fianza.
El
canadiense besaba a una niña de tres años y le tocaba sus nalguitas, apareció
quien dijo ser el padre y consintió el hecho “es que ya nos conocemos y nos
regala despensas”, dijo, ante el desconcierto del denunciante y policías,
quienes finalmente lo llevaron ante la agencia del Ministerio Público.
Ya
en la oficina de la Fiscalía de Guerrero, Juana Epitacio Santos, de 34 años de
edad, la madre de la pequeñita abusada, Montserrat Nava Epitacio, levantó la
averiguación previa número TAB/EDS/02/0272/2016 por abuso doloso en contra de
una menor de edad.
El
inculpado, un turista canadiense que se negó a firmar la denuncia a pesar de
comprobarse que habla, escribe lee y entiende el idioma español, Walter Zuk, de
68 años de edad.
En
la denuncia se dice que el domingo, cerca de las tres de la tarde, sobre la
banqueta del edificio Oceanic 2000, el señor Adán Vargas, fue testigo cuando el
inculpado besaba en la boca y tocaba las nalguitas de una pequeña de tres años
de edad.
Dijo
que aunque llamó a quien dijo ser el padre de la menor, éste dijo que esas
situaciones eran normales pues el inculpado era su conocido y les regalaba
despensas de manera regular.
Ante
esa situación decidió llamar a una patrulla de gendarmes que pasaba por el
lugar, quienes llevaron ante el Ministerio Público al canadiense.
En
la Fiscalía de Guerrero informaron que el detenido quedó a disposición de la
autoridad y el término para que aporte pruebas a su favor vence a las cinco y
media de la tarde del próximo día 29 de marzo, se informó que el consulado
canadiense ha sido informado de la situación.
En
las redes sociales y grupos de agrupaciones de profesionales mostraron su indignación,
hubo inclusive una manifestación para exigir aplicar la ley al canadiense, las
directivas del DIF estatal de Guerrero como municipal de Acapulco enviaron
boletines asegurando que brindarían acompañamiento y ayuda sicológica a la
menor agraviada y a la familia de esta, de nada servirá la condena moral, la ley,
la cruda y dura ley, dice otra cosa.
El
abogado Alfredo Pérez Zárate, presidente del Colegio de Abogados Penalistas y
el diputado local Ricardo Mejía, nos hicieron ver “la novedad que no contempla,
el código penal vigente en el estado, a la pedofilia como delito”.
“La
conducta delictiva del canadiense se encuentra en el código penal como abusos
deshonestos o abuso sexual, con una penalidad de dos a cuatro años de prisión”,
nos dijo el abogado Pérez, “alcanza fianza el canadiense”, comentó indignado
aunque dejó ver una posibilidad de justicia al asegurar que “también al padre
se le debe fincar responsabilidad penal”.
En
este sentido dijo que el Código Penal de Guerrero contempla que por omisión de
cuidado “y es posible que se le pueda acusar por corrupción de menores,
inclusive por trata de personas, con la agravante de que se trata de una menor
y podría alcanzar una pena de 12 a 24 años de prisión a ambos: al padre y el
agresor canadiense”, dijo.
El
diputado local Ricardo Mejía, nos hizo ver la posibilidad de que el agresor
pueda recuperar su libertad mediante el pago de una fianza, el Código Penal, en
su capítulo II en sus artículos 180 y 181, habla del abuso sexual y del abuso
sexual a menores.
A la letra el Código
Penal vigente dice: Capítulo II, Abuso sexual, Artículo 180.
Al
que sin consentimiento de una persona, sea cual fuere su sexo y sin el
propósito de llegar a la cópula, ejecute en ella un acto sexual o la haga
ejecutarlo, se le impondrá de tres a seis años de prisión y de cincuenta a
doscientos días de multa.
Para
efectos de este código se entiende por acto sexual cualquier acción lujuriosa
como tocamientos o manoseos corporales obscenos o representen actos
explícitamente sexuales u obliguen a la víctima a representarlos.
Si
se hace uso de violencia física o psicológica, la pena prevista se aumentará en
una mitad, este delito se perseguirá por querella, salvo que concurra
violencia.
Artículo 181. Abuso
sexual de personas menores de edad
Si
el acto sexual se ejecuta en persona menor de doce años, en quien no tenga
capacidad de comprender el significado del hecho o que por cualquier causa no
pueda resistirlo, se le aplicará una pena de cuatro años a ocho años de prisión
y cincuenta a quinientos días multa.
Se
aplicarán las mismas penas cuando el agente del delito obligue al pasivo a
ejecutarle actos sexuales o la obligue a sí misma a realizarlo en su caso a un
tercero.
También
se considera abuso sexual la exhibición ante la víctima, sin su consentimiento,
de los glúteos o de los genitales, si se hace uso de violencia física o
psicológica, la pena prevista se aumentará en una mitad.
Artículo 182.
Agravantes
Las
penas previstas para la violación y el abuso sexual se aumentarán hasta en una
mitad más cuando
Sean
cometidos: I. Con intervención directa o inmediata de dos o más personas; II.
Por ascendiente contra su descendiente, éste contra aquél, el hermano contra su
colateral, el tutor contra su pupilo, el padrastro o la madrastra contra su
hijastro, éste contra cualquiera de ellos, el concubino o concubina de la madre
o del padre contra cualquiera de los hijos de éstos o los hijos contra aquellos
pedófilos.
Con
la interpretación de la ley, abogados que trabajan en la Fiscalía de Guerrero,
a reserva de guardar el anonimato, confiaron que es muy posible que el
canadiense recupere su libertad sin pagar fianza, en el último renglón del
artículo 181 se dice que ese delito, de abuso sexual, se persigue por querella.
Según
se supo la tarde del lunes, el padre y madre de la niña a quien besó e hizo
tocamientos el canadiense Walter Zuk, de 68 años de edad, retirarán la demanda
pues, aseguran, el turista “es su amigo y les ha regalado despensas”, es decir,
no habrá querella de los padres contra el canadiense, ¿y la nena de menos de
tres años de edad? ¿Volverá al regazo que le debiera dar calor y protección de
hogar? así será, es legal.
Social Plugin