Sala
Superior.
CIUDAD
DE MÉXICO, 16 Marzo 2016.- El órgano auxiliar prestará gratuitamente los
servicios de defensa y asesoría electorales en favor de los pueblos y
comunidades indígenas ante las Salas del TEPJF
La
defensoría se erige como una protección jurídica y contará con independencia
técnica y autonomía operativa
El
Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) creó la
Defensoría Pública Electoral para Pueblos y Comunidades Indígenas como una
protección jurídica que contribuirá a que estos pueblos y comunidades puedan
acceder en condiciones de igualdad a la defensa y protección de sus derechos
político-electorales.
La
Defensoría sigue la línea jurisprudencial de la Sala Superior de incorporar
criterios enfocados a garantizar la impartición de una justicia incluyente
hacia pueblos y comunidades indígenas, respetando su autonomía y libre
determinación, en la que el derecho es interpretado a la luz del principio pro
persona, que conlleva a establecer protecciones jurídicas especiales en favor
de un grupo en situación de vulnerabilidad.
Además,
la tutela jurisdiccional efectiva “tiene como presupuesto la facilidad de
acceso a los tribunales para superar las desventajas procesales en que se
encuentran por sus circunstancias culturales, económicas o sociales, a fin de
no colocarlos en un verdadero y franco estado de indefensión, al exigirles la
satisfacción o cumplimiento de cargas procesales que resultan irracionales o
desproporcionadas”, y la obligación de la autoridad jurisdiccional electoral a
suplir la deficiencia de los motivos de agravio o su ausencia total, sin más
limitaciones que las derivadas de los principios de congruencia y
contradicción.
Para
integrar la Defensoría, el TEPJF realizó reformas y adiciones a su Reglamento
Interno y emitió el Acuerdo General por el que se establecen las bases de
organización y funcionamiento de la Defensoría Pública Electoral de los Pueblos
y Comunidades Indígenas, mismas que fueron publicadas en el Diario Oficial de
la Federación el 4 y 7 de marzo, respectivamente.
Así,
la Defensoría Electoral surge como el órgano auxiliar de la Comisión de
Administración con independencia técnica y autonomía operativa, encargado de
prestar gratuitamente los servicios de defensa y asesoría electorales en favor
de los pueblos, comunidades indígenas y personas que los integren, ante las
Salas del Tribunal Electoral.
La
Defensoría estará integrada por un titular que será nombrado por la Comisión de
Administración a propuesta de su Presidencia, para un periodo de cuatro años,
así como por defensoras y defensores designados de entre las y los aspirantes
que obtengan los mejores resultados en los exámenes de ingreso y los concursos
de oposición.
En
este sentido, el TEPJF emitió este 8 de marzo la convocatoria para que las
personas interesadas y que cumplan con los requisitos, participen en el proceso
de selección para cubrir cinco plazas de defensora o defensor público para
integrar la Defensoría Pública Electoral de este órgano jurisdiccional, cuyas
bases pueden consultarse en www.te.gob.mx/defensoria_electoral.
Entre
los requisitos están: ser ciudadana o ciudadano mexicanos; poseer título y
cédula profesional de licenciatura en Derecho con una antigüedad mínima de tres
años; contar con experiencia en funciones vinculadas con la materia electoral,
actividades relacionadas con el servicio a pueblos y comunidades indígenas, la
defensa de los derechos político-electorales de pueblos y comunidades
indígenas; no haber sido condenado por delito doloso; y no haber ocupado cargo
de elección popular ni haber sido candidato en los tres años anteriores.
La
Defensoría se fundamenta en los artículos 1º, 2º, 14 y 17 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como 8 y 25 de la Convención
Americana sobre Derechos Humanos, que integran un conjunto de obligación.
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