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Bancos deberán devolver dinero de cargos no reconocidos en tarjetas de débito: Banxico

Banxico obliga a Bancos devolver dinero de cargos no reconocidos en tarjetas de débito

Las instituciones bancarias tendrán un plazo de 48 horas para devolver el dinero

El Banco de México publicó este miércoles en el Diario Oficial de la Federación nuevas disposiciones que obligan a las instituciones bancarias que operen en el país a devolver a sus clientes cargos no reconocidos en operaciones con tarjetas de débito.

Esta nueva reglamentación, establece que a partir de marzo de 2019 todos los bancos en México contarán con un plazo de 48 horas para devolver a sus clientes el dinero de cargos de este tipo.

Según una publicación de El Universal, anteriormente sólo se devolvía el dinero en dicho plazo a usuarios de tarjetas de crédito, por lo que estas disposiciones homologan las reclamaciones de cargos no reconocidos.

Para que un cliente pueda recibir la devolución de una operación no reconocida deberá levantar la queja en un plazo no mayor a dos días, y será a partir de ahí que comenzará a correr el tiempo para la devolución.

La institución bancaria sólo podrá hacer el cobro si demuestra que fue el usuario el que realizó la operación, de lo contrario deberá proceder con la devolución del dinero.

Además se agregó una modificación que impide a los bancos bloquear el uso de las tarjetas de débito para el pago de cualquier servicio, incluidas compras por Internet, excepto en los caso en que el cliente lo determine.

“La institución que administre una cuenta de depósito a la vista deberá permitir al tarjetahabiente respectivo utilizar la tarjeta de débito correspondiente para realizar pagos de cualquier tipo, como pueden ser para adquisiciones de bienes o servicios, amortizaciones de créditos o pagos de impuestos, entre otros”, según lo publicado en el Diario Oficial de la Federación.

El Banco de México también dispuso el reforzamiento en la seguridad ante la vulnerabilidad al fraude al que están expuestas las tarjetas de débito, obligando a los bancos a utilizar dos elementos de identificación de los clientes.

Se propone que las instituciones bancarias usen el número de identificación personal, NIP, o frase de seguridad, chip o un dispositivo móvil asociado a la operación con tarjeta, y además soliciten el reconocimiento de un elemento físico característico del usuario, como la huella dactilar, reconocimiento de iris o reconocimiento facial.

Las medidas de seguridad anteriores también aplicarán en el uso de tarjetas de crédito.