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Revelar impuestos condonados por el SAT viola derechos humanos: empresas beneficiadas

La información en la opacidad implica el destino de condonaciones de 35 mil millones de pesos en 2007

De acuerdo con la institución, esta información es de interés público pues implican datos que afectan a la sociedad mexicana

El pasado mes de marzo, un juez ordenó al Servicio de Administración Tributaria (SAT) informar a cerca de las empresas a las que desde 2007 le ha condonado o cancelado el pago de impuestos y adeudos fiscales

Sin embargo, las empresas que se han beneficiado de este programa que se mantiene en la opacidad, argumentan que transparentar esta información sería una violación de derechos humanos y garantías individuales.

Santander, BBVA Bancomer, General Motors, Grupo Carso, IBM de México, Grupo Hérdez, Jafra de México, Liverpool o Procter & Gamble han interpuesto amparos contra la decisión de un juez.

En sus amparos, las empresas argumentan que transparentar la información sobre el destino de esos recursos públicos violaría sus derechos humanos y garantías individuales por la violación al secreto fiscal.

“El INAI instruyó al SAT a entregar los datos personales de los contribuyentes a quienes se les condonó o canceló un crédito fiscal en diversos periodos, sin considerar que el nombre de los contribuyentes es un dato personal relativo a la vida privada (…). El mismo INAI emite resoluciones que violentan lo señalado en el artículo 16 de la Constitución”; señala uno de los amparos.

Además indican que se violan también los derechos humanos a la audiencia previa y al debido proceso; y a la protección de datos personales.

En tanto, el SAT argumenta que el secreto fiscal es el que permite mantener la información en la opacidad, la cual implica el destino de condonaciones de 35 mil millones de pesos en 2007; o montos superiores a los 50 mil millones para los años siguientes hasta 2016.

En diversas resoluciones, el INAI insiste en que el secreto fiscal “no se encuentra diseñado normativamente como un principio o derecho fundamental, sino como una regla o concesión (…)”.

Los comisionados añaden que la cancelación de créditos fiscales es un acto discrecional del SAT que, si bien no es contrario a la ley, sí debe estar sujeto a explicaciones que permitan rendir cuentas a la sociedad.

De acuerdo con la institución, esta información es de interés público pues implican datos que afectan a la sociedad mexicana tanto por los montos que deja de recibir el gobierno federal como por los contribuyentes que no recibieron este beneficio.

Fuente: Animal Político